CÓDIGO ÉTICO SEGUÍ CLIMA

INTRODUCCIÓN.

Este Código Ético, quiere ser un Código de Conducta donde se describa las líneas de actuación de la Empresa Seguí Clima, en el desarrollo de sus funciones tanto en España como el resto de los países donde la empresa te relaciones comerciales.

El contenido del Código Ético de Seguí Clima viene delimitado por el marco legislativo vigente, tanto nacional como internacionalmente , en el que la empresa desarrolla sus actuaciones y relaciones comerciales.

Seguí Clima considera que es un deber de todos los empleados de la empresa y aquellos que tienen relaciones comerciales con la misma, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones de este Código Ético.


1. Objeto

El código ético de SEGUÍ CLIMA te la finalidad de establecer una serie de pautas de comportamiento ético de todos sus trabajador y personal directivo, en cuanto al desarrollo de sus funciones diarias y con aquellas personas y entidades con las cuales se relacionan: clientes, proveedores, colaboradores, instituciones públicas, privadas y la sociedad en general.

Este código ético está delimitado por el marco legislativo catalán y español en lo que hace referencia a la responsabilidad penal de la empresa y por el marco legislativo internacional en derecho privado en cuanto a la relaciones comerciales con otros países.

Se considera que toda persona o institución que tenga relación con SEGUÍ CLIMA tiene que cumplir las disposiciones de estos Código


2. Ámbito de Aplicación

Este código ético quiere ser una declaración de principios, valores y pautas de conducta tanto de su actividad profesional como de su relación con la sociedad . De esta forma garantizaremos la aplicación colectiva de los valores que guían SEGUÍ CLIMA. Estos son

Ningún miembro de la empresa tiene la potestad de proponer, aprobar u ordenar ninguna acción que sea contraria al Código Ético, teniendo que informar de cualquier incumplimiento o conducta, incluso adoptada por terceros, que no esté de acuerdo con el presente Código.
Se puede informar de los incumplimientos en la dirección web: https://seguiclima.com/ca/
Apartado : canaldenuncies@seguiclima.com


3. Principios generales

Todas las actuaciones de los trabajador y miembros de la empresa SEGUÍ CLIMA ( a partir de ahora la empresa) se llevarán a cabo basadas en el interés general de la empresa , y respetando los principios de transparencia, integridad , buena fe, responsabilidad, diligencia en el trabajo, disciplina, lealtad a la empresa y confidencialidad.

Esta praxis será aplicable tanto en las tareas internas de gestión que le son propias a los trabajadores y directivos, como en su relación con los clientes , proveedores y en general en todas aquellas personas o entidades que interactúan con la empresa.


4. Pautas de conducta

Si bien quedan en este código debidamente señalados los principios generales que regirán la ética de las actuaciones llevadas a cabo por los miembros de la empresa SEGUÍ CLIMA, se procede a enumerar aquellos aspectos de mayor trascendencia que fundamentan las obligaciones éticas y del buen gobierno que corresponden a los miembros de la empresa:
 
  • Confidencialidad. Cualquier materia o información tratada por los miembros de la empresa ,en la función de las actividades propias, serán consideradas estrictamente confidenciales, por lo cual los miembros de la empresa se comprometen a no revelar información considerada sensible , ni en todo ni en parte, cuando así se acuerde por los responsables de la empresa y así se transmita a los trabajadores y al resto de personas implicadas con las relaciones comerciales de la empresa. Esto se debido a la necesaria y legítima defensa de los intereses de la Empresa. El deber de confidencialidad permanece en el tiempo más allá del cese o renuncia a la vinculación laboral con la empresa.

  • Lealtad. Los miembros de la empresa actuarán siempre para la consecución de los hasta empresariales conforme las directrices establecidas por la propia empresa y encomendadas y transmitidas a sus trabajadores.

  • Legalidad. Todos los trabajadores y colaboradores de SEGUÍ CLIMA respetarán la normativa legal vigente en el desarrollo de sus actividades profesionales, tanto en Cataluña, en España como el resto de países que la empresa mantenga relaciones comerciales.

  • Transparencia. Las actuaciones de los miembros y personal de la empresa estarán enmarcadas dentro del principio ético de la buena fe, siente regidas por los más altos estándares de transparencia e integridad, garantizando la adecuada defensa de los intereses de la empresa.

    Se considera violación del Código Ético el hecho de utilizar la condición de ser miembro de SEGUÍ CLIMA para obtener ventajas para él mismo o para un tercero.

    De igual forma, los miembros de Junta Directiva, trabajadores y personal que tenga relación con la Empresa no podrán aceptar obsequios, invitaciones de cortesía o trato de favor por parte de proveedores o terceros.
  • Uso de Información Privilegiada. Los miembros de SEGUÍ CLIMA se abstendrán de hacer uso en beneficio propio o de un tercero de la información privilegiada.

    La información pierde su condición de privilegiada cuando es informada al público en general por cualquier canal comunicación.

    No se considera información privilegiada aquella el conocimiento de la cual es de dominio público o está a su alcance con los medios ordinarios.

  • Disciplina. Los miembros de SEGUÍ CLIMA ejercerán sus funciones de manera eficiente, adoptando actitudes proactivas y de respeto verso los trabajadores de la empresa y todos aquellos agentes que intervienen en su relación comercial.

  • Responsabilidad. Los miembros de SEGUÍ CLIMA tienen que ejercer el trabajo con la debida diligencia y cura y sus actuaciones tienen que estar precedidas por la evaluación de la información suficiente para tomar las decisiones más correctas por la empresa.

  • Relaciones Laborales. SEGUÍ CLIMA promueve grupos de trabajo donde la confianza y el respecto a la dignidad de las personas sea un elemento muy valorado como ambiente de trabajo.

    La empresa garantiza la igualdad de oportunidades y se compromete a poner los medios necesarios para contribuir al desarrollo profesional y personal de todos sus empleados y empleadas. SEGUÍ CLIMA no permitirá ningún tipo de discriminación por motivos de género, raza, orientación sexual, religión, ideología política, nacionalidad, origen social, discapacitado o cualquier otra circunstancia.

    Así mismo SEGUÍ CLIMA se compromete a mantener un ambiente de trabajo en el que no haya conductas susceptibles de ser consideradas como acoso o intimidación en el trabajo, ya sea sexual o de cualquier otra naturaleza, entendiéndose por acoso o intimidación cualquier comportamiento no deseado que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de las personas

  • Relaciones con los clientes y proveedores. SEGUÍ CLIMA considera sus clientes como la piedra angular de su empresa. Es por eso que promoverá la buena relación con ellos procurando en todo momento su satisfacción profesional.

    Respecto al proveedores la empresa tendrá una relación de imparcialidad y objetividad con todo ellos, aplicando en el procesos de selección de los mismos los criterios de calidad, oportunidad y coste .Actuando siempre con defensa de los intereses de la empresa.

  • Prevención del fraude. SEGUÍ CLIMA cumplirá de manera escrupulosa y fehaciente la normativa nacional e internacional. Los profesionales y colaboradores de la empresa tienen que cumplir las leyes y todo el resto de normas que resulten de aplicación en los países en que se desarrollan sus acciones comerciales , incluyendo la normativa relativa a aduanas y comercio. Los profesionales y colaboradores de SEGUÍ CLIMA tienen que identificar y comunicar al Comité Ético la existencia de actividades fraudulentas, entendimientos como acciones uno omisiones cometidas deliberadamente con el fin de obtener un beneficio propio o de otro.
    Por este fin el Código articula un canal de denuncias :
    canaldenuncies@seguiclima.com

  • Prevención del blanqueo de capitales. SEGUÍ CLIMA prohíbe expresamente realizar cualquier donación o promesa a los funcionarios públicos españoles o extranjeros, candidatos políticos o trabajadores de cualquier empresa, ya sea directamente o mediante un tercero , con el fin de influir indebidamente en su decisión a favor de la empresa SEGUÍ CLIMA. SEGUÍ CLIMA no acepta regalos, invitaciones o atención a clientes y proveedores que supere la legalidad vigente. SEGUÍ CLIMA no permitirá la utilización de tarjetas de crédito de empresa con la finalidad y os personal. SEGUÍ CLIMA prohíbe ofrecer a sus trabajadores y colaboradores cualquier tipo de aventaja ilícita a las personas otras empresas o instituciones para que e decanten por la adquisición de los productos de nuestra empresa. Por este fin el Código articula un canal de denuncias : canaldenuncies@seguiclima.com


• Comité Ético.

El comité ético es el órgano encargado de interpretar el presente Código Ético y de implementar las políticas que garanticen la efectividad del cumplimiento y la legalidad del presente Código.

Estará formado por Gerente de la empresa, que podrá delegar en la persona que crea más conveniente; el Director de Recursos Humanos y el Responsable de la Asesoría Jurídica de la empresa. Periódicamente se informará a la empresa, a sus trabajadores sobre las medidas adoptadas por una efectiva implantación del Código.

Para proteger la integridad de la empresa SEGUÍ CLIMA, los empleados y directivos de la misma se tienen que comprometer a poner de manifiesto cualquier actuación observada dentro de la organización que infrinja este Código.

SEGUÍ CLIMA ejercerá las medidas legales o disciplinarias que considere adecuadas en conformidad con la legislación vigente para impedir comportamientos que infrinjan el presente Código. Así mismo la empresa impedirá aquellos comportamientos que por acción uno omisión sean inadecuados o que teniendo conocimiento de aquellos no intenten una solución inmediata.